Industria 4.0 2022

Destinatarios

Las ayudas van destinadas a todas las empresas de la provincia de Alicante que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser una pyme (pequeña o mediana empresa) o autónomo.
  • Estar al corriente de pagos de sus obligaciones tributarios y con la Seguridad Social.
  • Cumplir la norma de minimis (Reglamento nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis), es decir, no haber recibido ayudas de cualquier Administración Pública que sumadas sean superiores a 200.000 € en los últimos tres años, 100.000 euros en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera.
  • Ser empresa industrial.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003.

Análisis de necesidades (Fase I)

Diagnóstico Asistido en Industria 4.0
Esta fase incluye un sistema que permite conocer el nivel de competitividad de la empresa en su entorno económico y de mercado, así como su nivel de transformación digital.

Esta fase no supone coste alguno para la empresa

Implantación (Fase II)

Tras el análisis TIC de cada empresa y el Plan Personalizado de Implantación, una serie de proveedores externos a la Cámara realizarán la implantación de soluciones TIC para cada empresa, junto con la memoria del proyecto que van a implantar. La elección del proveedor es libre.

La empresa pre financia el gasto en su totalidad de hasta 20.000 € (recibiría hasta 10.000 €). Adicionalmente se realizará un seguimiento del plan por parte el tutor cameral.

Acciones Transversales

Acciones de difusión / sensibilización del uso de Nuevas Tecnologías y sus ventajas para las PYMES.

Descarga de documentos

Listado de empresas admitidas, denegadas y lista de espera – INDUSTRIA 4.0 2022

Convocatoria Industria 4.0 – 2022

Plazo de presentación:

  • Inicio: 5 de abril de 2022 a las 09:00
  • Cierre:  30 Junio de 2022 a las 14:00 horas (o agotar presupuesto)

La presentación de solicitud sólo se podrá realizar en modalidad telemática siendo necesario el uso de certificado digital de persona representante de entidad jurídica; o de persona física, en caso de autónomo (emitido por FNMT, DNI-e, ACCV o CAMERFIRMA).

Recuerde que deberá adjuntar la siguiente documentación en formato pdf:

  • Persona física, fotocopia del DNI del solicitante.
  • Persona jurídica, fotocopia de DNI del firmante de la solicitud, fotocopia de los poderes y tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa.
  • En el caso de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la empresa autoriza a la Cámara de Comercio a realizar la consulta telemática de su situación con AEAT y Seguridad Social

Es necesario disponer de la aplicación Autofirma de la Administración General del Estado. Puede descargársela desde el siguiente enlace: Enlace a Autofirma

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  • El tamaño máximo permitido de los documentos es de 5 MB.
  • Los tipos de documento aceptados son aquellos cuya extensión es alguna de la siguientes: .gif,.jpg,.doc,.docx,.pdf.
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